Fiscalizacion de construcción de sistema de agua potable y saneamiento.

enero 23, 2020


Buenas noches amigos y colegas.
Nos saltaremos por hoy y mañana lo que la ley o LONSCP nos señala.

Vamonos a los ejemplos.
Se va a realizar la construcción de un sistema de agua potable y saneamiento para un cantón en especial, este proyecto  va a favorecer a muchas comunidades que no cuentan con una red agua potable, al no haber este recurso, las poblaciones no cuentan así mismo con un sistema de aguas servidas.

Ya el proyecto a iniciando en todos su procesos, ya se realizo la consultoria, ya se cuenta con el Contratista que ganó la oferta, se tiene designado una fiscalización externa, hay financiamiento y demás.


Pero ¿Con qué objetivo se realiza la construcción de este sistema de agua potable?
  1. Lograr el fortalecimiento y la gestión sostenible de los servicios que brindan los prestadores comunitarios rurales a través del empoderamiento de los sistemas de agua potable y saneamiento con especial incidencia en la participación de las mujeres como un componente transversal en la prestación del servicio y la toma de decisiones.
  2. Mejorar los hábitos de higiene y prácticas sanitarias en la población rural a través de educación sanitaria que permita reducir la incidencia de enfermedades dérmicas, diarreicas y respiratorias en la población infantil, mediante el aseo personal, en especial el lavado de manos con agua y jabón.
  3. Incrementar la cobertura de servicios de agua potable y saneamiento a nivel rural, mediante la formulación de estudios y diseños y la construcción de infraestructura aplicando tecnologías apropiadas, con la intervención social y capacitación al prestador de los servicios.
  4. Mejorar la capacidad de control de la calidad del agua potable a través de la dotación de equipos de laboratorio a pequeños municipios, incluirá capacitación en manejo de equipos, monitoreo y control en la cabecera cantonal y comunidades de su jurisdicción.
  5. Ya se tiene con claridad el objetivo de la construcción de este proyecto, y es a ese objetivo que el fiscalizador debe concentrar todas las energía.
Ahora...cuál es el trabajo de la fiscalización, sea esta siendo parte del equipo de la misma Institución( pública o privada) o como fiscalización técnica externa.  Su trabajo y propósito es de asegurar el cumplimiento del diseño y especificaciones, en las obras contratadas; asegurar que los objetivos puedan cumplirse dentro de los plazos acordados y con los costos programados.
Ahora si....Previo al inicio de las obras, ahora si fiscalizador.....

Paso # 1 Documentos Contractuales.


Efectuar las consultas o aclaraciones del caso para la correcta interpretación de los documentos del Contrato.

1.-Revisar las condiciones estipuladas en los documentos contractuales del Contratista de Obras a fin de conocer las exigencias técnicas, sociales y ambientales del Proyecto y dar seguimiento a cada uno de las cláusulas de estos documentos y los que se generen como parte del desarrollo del Proyecto para supervisar el buen cumplimiento de parte del Contratista de Obras. Para ello deberá estudiar concienzudamente la documentación que sirvió de base para la contratación de las Obras, incluyendo el Pliego de Bases y Condiciones, diseños, la Lista de Cantidades de Obras valoradas, Especificaciones Técnicas y Condiciones de Cumplimiento, Materiales, Planos Constructivos, las aclaratorias y enmiendas al Pliego de Bases y Condiciones, la Oferta del Contratista y su Contrato, así como los análisis de los precios unitarios de los diferentes rubros a realizar y con esto conocer los precios unitarios establecidos en la oferta del Contratista. Comentarios y recomendaciones sobre esta revisión deberán ser presentados por el Fiscalizador en su Informe Inicial.

2.-Verificar que el contratista disponga de todos los diseños, especificaciones, programas, licencias y demás documentos contractuales.

¿Y cuando nos reunimos con los involucrados de las partes?

Paso # 2. Las reuniones...?
1) Mantener una Reunión inicial de trabajo con el Contratista y la Entidad Contratante, para revisar en conjunto las Memorias Técnicas y los Diseños del proyecto en Planos, luego de lo cual autorizará el inicio de la ejecución de la Obra.

2) Participar en las reuniones y asambleas comunitarias programadas para explicar a la comunidad, en coordinación con la Entidad Contratante, los alcances de las Obras a ejecutar y el grado de participación que deben tener los representantes de la comunidad por medio de la veeduría social. En la reunión deberán participar: El Contratista, personal de la Entidad Contratante, el Fiscalizador y la comunidad, respaldando con evidencias la participación comunitaria mediante lista de participantes, fotografías, etc.

3) A solicitud de los especialistas sociales y/o el ambiental de la Entidad Contratante, acompañar los procesos de presentación de los alcances de las Obras a ejecutar, de los hallazgos en los diseños de Obras y de las modificaciones que se aprueben al Proyecto, explicando a la población sobre las implicaciones ambientales o sociales que ocasionarán tales cambios.

4) Verificar si las condiciones previas al inicio de la Obra se han cumplido, con las instituciones sectoriales correspondientes, y con las comunidades beneficiarias, según sea el caso.

En estas reuniones, con los implicados y con los beneficiarios, hay que dejar muy en claro, que la veeduria social es para que se mantengan involucrados en el proceso, no para detener las actividades, un ejemplo de experiencia personal...esta "veeduria  social" le daba la "autoridad" a un grupo de pobladores que estaban vigilante de la construcción de una pequeña edificación a que el material de construcción que sobraba se llevaran por que según ellos ese material construcción era con el dinero del presupuesto anual que le corresponden.

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