EJECUCIÓN DE LA OBRA.

febrero 05, 2020

Hola a todos los queridos colegas y amigos.
Este blog esta dedicado a temas de fiscalización de obras civiles, donde comento las experiencias del día a día, y una de estas experiencias es del ultime tema que vimos el día anterior. que es la VISIBILIDAD.   

Anecdota...
En un recorrido que realice con los fiscalizadores para localizar la ubicación de la obra, desde la oficina al lugar son 22 km de recorrido, al llegar a las comunas no visualizamos la obra, por mas que se preguntaba por su ubicación, no llegamos. ¿Por que ocurrió esto?, por que el fiscalizador al entregar el terreno al contratista, no exigió la instalación de los letreros con todos los parámetros ( Contratante-contratista-fiscalizador-valor del proyecto-plazo de ejecución del proyecto y beneficiarios) con el letrero todos sabemos que es lo que se realiza, por cuanto tiempo se producirán las molestias y los responsables de la obra... es muy importante Srs. Fiscalizadores que se tenga presente esta anécdota para que no les ocurra aquello y no se pierdan los recursos a utilizar.


Durante la ejecución de las obras.

Coordinación/Comunicación
a.-Coordinar con el contratista de ejecución de la obra, en representación de la Entidad Contratante, las actividades más importantes del proceso constructivo.
b.-Revisar y aprobar, en un plazo de dos (2) días, junto con la Entidad Contratante la propuesta de modificación del cronograma de ejecución físico y financiero que el contratista presente por causas de fuerza mayor y con la documentación que lo justifique. El Cronograma modificado deberá reflejar los efectos de las Variaciones.
c.-El fiscalizador deberá coordinar con el EQUIPO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO de la Demarcación Hidrográfica de la provincia el cumplimiento de los acuerdos comunitarios definidos en la Fase de Pre Inversión.
d.-Toda comunicación relativa a la Fiscalización, contratada por la Secretaría del Agua, y el Contratista (ejecutor de Obra), se cursará con copia a la Entidad contratante.
e.-Referencia de las comunicaciones cursadas con el contratista.

f.-Aclarar las consultas técnicas y contractuales realizadas por el Contratista y dirigir a la Entidad Contratante, aquellas que requieran de su decisión.

g.-Argumentar por escrito sus razones técnicas cuando éste ordenase adoptar diseños o medidas de cambio y presentarlas a la Entidad Contratante para su aprobación.

h.-Informar por escrito y oportunamente a la Entidad Contratante sobre las incidencias que se presenten durante la ejecución de las Obras o cualquier situación anómala que ponga en riesgo o afecte su correcta y transparente ejecución.

i.-Promover la participación comunitaria y fomentar el control social en la ejecución de las Obras para lo cual realizará las siguientes actividades:
a.    Asistir y participar en las reuniones de coordinación con la Entidad Contratante y demás representantes.
b.    Apoyar a la comunidad y al Administrador del Contrato de Obras en el cumplimiento de sus funciones.
c.    Facilitar que el Administrador del Contrato de Obras y los representantes de la comunidad participen en las mediciones por avance de Obras, variaciones y comprobación de la calidad de materiales, procesos constructivos y capacitación.
d.    Mantener informado al Administrador del Contrato sobre las incidencias que se produzcan durante la ejecución de las Obras y solicitar la colaboración de la comunidad para mejorar los controles de la veeduría social.
e.    Medir y registrar los aportes comunitarios por concepto de materiales y mano de Obra no cualificada sin remuneración.
Libro de Obras....EL LIBRO DE OBRAS!!!!!!!!!!
1)    Llevar un registro de lo tratado en las reuniones administrativas y suministrar copias del mismo a los asistentes y a la Entidad Contratante. El fiscalizador será responsable de levantar las ayudas de memoria en las reuniones en condición de secretario. Ya sea en la propia reunión o con posterioridad a ella, deberá proponer las obligaciones respectivas en relación a las medidas que deben adoptarse y comunicarlas por escrito a todos los asistentes.
2)    Exigir al contratista la utilización de Libros de Obra, desde el primer día de inicio de las Obras, para el control de las actividades diarias, los cuales deben permanecer en los sitios de trabajo.

3)    Los pedidos de cambios, suspensiones y cualquier otra observación relativa a la ejecución de los trabajos, el Fiscalizador lo hará constar en el Libro de Obra, con su firma de responsabilidad y de un Representante de la Comunidad.

4)    Anotar en el libro de obra las observaciones, instrucciones o comentarios que a su criterio deben ser considerados por el contratista para el mejor desarrollo de la obra. Aquellos que tengan especial importancia se consignarán adicionalmente por oficio regular.

5)    Anotar en el Libro de Obras las actividades relevantes que se realizan a diario y describir la composición del personal que se encuentre laborando, cantidades de materiales existentes en la Obra, situaciones que incidan positiva o negativamente en su ejecución, observaciones al proceso de ejecución y recomendaciones para corregir o mejorar, avisos sobre actividades futuras y acuerdos que se tomen en relación con las Obras, resultados de los levantamientos de campo y el trabajo técnico y administrativo que realiza como Fiscalizador de Obras.

le comparto un ejemplo del formato del libro de obra, que va a variar dependiendo de la institución que se realice este documento.



FORMATO DE LIBRO DE OBRA

A PARTIR DE LA SEGUNDA HOJA:
PROYECTO:                                                                                                     N°    
  
FECHA:  
TRABAJOS REALIZADOS.
ESPACIO PARA EL CONTRATISTA:











PERSONAL
EQUIPOS
ESTADO DEL TIEMPO


BUENO, LLOVIZNA , LLUVIA






CONSULTAS



ESPACIO PARA EL FISCALIZADOR
INSTRUCCIONES


AUTORIZACIONES:


OBSERVACIONES:





Firma:               

CONTRATISTA                               

FISCALIZADOR
SUPERVISOR  Y/O ADMINISTRADOR



NOTA: Con respecto a este tema....tengo un mal sabor...No se  realiza al pie de la palabra, los fiscalizadores no cumplen con este capitulo de la norma control interno...hay mucho que discutir....en cambio en la parte privada...es una exigencia...se da por que se da..

Muchas gracias por sus visita por este blog que esta creado para su crecimiento como Fiscalizador o inspector de obras.





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